"Muévete, y el camino aparecerá".
Proverbio Zen

jueves, 26 de diciembre de 2013

Beca de formación en el Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer.

Las becas de formación que se regulan al amparo de esta orden tienen como
finalidad contribuir a la formación de personas físicas en materias dirigidas a favorecer la
igualdad de trato y la erradicación de las distintas formas de violencia contra la mujer.

La duración de cada una de las becas de formación será de 12 meses a contar desde 
la fecha de incorporación establecida en la resolución de concesión de las becas.
La prórroga de las becas, en su caso, en los términos establecidos en el artículo 4, 
queda así mismo condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los 
años 2015 y 2016.

El plazo de presentación de solicitudes, de acuerdo con el artículo 8 de la presente
orden, será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la
presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», formulada en los términos que
se especifican en el anexo II.

Los requisitos se exponen en el ANEXO I.

http://www.boe.es/boe/dias/2013/12/24/pdfs/BOE-A-2013-13588.pdf

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